Madrid, 22 de noviembre de 2019 Access Info Europe ha presentado un recurso ante el Tribunal de Protección de Datos e Información de Malta después de que se denegara una solicitud de acceso a documentos debido a que el solicitante no es residente en Malta.

En la apelación, Access Info argumenta que los requisitos de residencia son una violación del derecho fundamental a la libertad de expresión e información, y pide que la Ley de Libertad de Información de Malta se ajuste a las normas internacionales.  

El caso comenzó cuando el Ministerio del Interior y de Seguridad Nacional de Malta se negó a registrar una solicitud enviada por un miembro del equipo de Access Info que, a pesar de ser ciudadano de la UE, no era considerado una «persona elegible», ya que la ley exige que los solicitantes tengan cinco años de residencia, además de ser ciudadanos de Malta o de otro Estado miembro de la UE.

En octubre de 2019, Access Info apeló al Comisario de Información y Protección de Datos. Para nuestra sorpresa, el Comisario confirmó que la intención del legislador era inequívocamente restringir ese derecho a las personas que residen en Malta durante un período de al menos cinco años.

Access Info sostiene que, dado que el derecho de acceso a la información es parte inherente del derecho fundamental a la libertad de expresión, es un derecho que puede ejercerse sin fronteras, independientemente de la nacionalidad o residencia.

Por tanto, el enfoque actual de Malta viola el derecho fundamental a la libertad de expresión establecido en el artículo 19 del Convenio Internacional para la Protección de los Derechos Civiles y Políticos, el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y, de hecho, el artículo 41 de la Constitución de Malta, que establece lo siguiente:

«no se impedirá a nadie el disfrute de su libertad de expresión, incluida la libertad de opinión sin injerencia, la libertad de recibir ideas e información sin injerencia».

Helen Darbishire, Directora Ejecutiva de Access Info declaró:

«El requisito de residencia de la Ley de Libertad de Información de Malta va en contra de los principios de los derechos humanos internacionales y de la legislación de la UE, es discriminatorio y constituye una violación directa de la obligación de Malta de proteger la libertad de expresión y de información».

2020-01-29T10:44:15+01:00